NuestroCódigo Civil recoge el término de «los gastos según ley» en la compraventa inmobiliaria, lo cual significa que el vendedor se debe hacer cargo del importe que suponga la escritura notarial matriz de la compraventa, es decir, la escritura original o primera escritura de la venta de la vivienda. Esta estipulación del Código Civil Segúnel Tribunal Supremo, antes de que entrara en vigor la ley actual, el cliente tenía que pagar la mitad de los gastos de notaría y el impuesto sobre actos jurídicos documentados, mientras que el banco debía abonar el resto de los gastos.Sin embargo, en la práctica, el banco obligaba al cliente a pagar casi todos los gastos, una práctica que fue condenada Llevara cabo una extinción de condominio tiene unos gastos asociado. Entre los gastos se encuentran: Gastos de notaría y de registro: los honorarios del notario y la inscripción de la nueva titularidad en el Registro de la Propiedad, tienen un costo, el cual variara según el valor de la vivienda y el número de páginas de la escritura. Estosgastos varían según la localidad y el valor de la propiedad, pero a continuación te mencionaré los más comunes: 1. Escrituración: Este es uno de los gastos más importantes y corresponde a los honorarios del notario por redactar la escritura pública de compraventa. El monto de este gasto depende del valor de la vivienda. Gastosde notaría en Cataluña ¿Quién paga el Vendedor o el comprador en Cataluña?. Para conocer en profundidad cómo funciona el reparto de los gastos de notaria de compraventa en tu municipio, deberás acceder a la información a través de la página web del ayuntamiento.. En Cataluña, el comprador es la persona que paga el losgastos de otorgamiento de la escritura de compraventa son de cuenta del vendedor; los gastos de la primera copia de la escritura son de cuenta del comprador. Es decir si no se pacta nada o se pacta según Ley, la Posteriormente el 23 de enero de 2019, la Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, dictó las sentencias números 44 (LA LEY 253/2019), 46 (LA LEY 254/2019), 47 (LA LEY 257/2019), 48 (LA LEY 255/2019) y 49/2019 (LA LEY 256/2019), fijando doctrina sobre las principales cláusulas relativas al reparto de gastos Segúnla ley, los gastos de escritura deben ser asumidos por el comprador de la propiedad. Es decir, es responsabilidad del comprador pagar los honorarios del notario por la elaboración y firma de la escritura de compraventa, así como los gastos de registro en el Registro de la Propiedad. Es importante tener en cuenta que estos gastos Lacompra de una casa y la suscripción de un préstamo hipotecario genera numerosos gastos fecha en la que entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, "Los gastos de notaría, Artículo1455. "Los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario." Lleva existiendo durante muchos años la "norma" social de que quien paga todos los gastos es el comprador y este artículo del código ZgZ9tH2.